El Gobierno de
Dominica
anunció cambios en su Programa de Ciudadanía por Inversión (CIP) a través de un conjunto de enmiendas reglamentarias publicadas el 15 de agosto de 2022.
Los cambios redefinen los parámetros de quién constituye una persona dependiente admisible en virtud del PIC y también ajustan la estructura de las tasas. Los cambios entrarán plenamente en vigor el 15 de septiembre de 2022.
Estos nuevos reglamentos añaden requisitos más detallados para los hijos adultos económicamente dependientes, al tiempo que suprimen a los hermanos, hermanos adoptivos y padres o abuelos menores de 65 años como personas dependientes que reúnen los requisitos.
Las personas a cargo admisibles se consideran ahora las siguientes:
En lo que respecta a las comisiones, el Gobierno de Dominica no ha modificado ninguno de los umbrales de inversión ni para la opción de contribución inmobiliaria ni para la del Fondo de Diversificación Económica (FED). Los cambios sólo afectan a las tasas gubernamentales asociadas a cada opción de inversión.
En el marco de la opción inmobiliaria, la nueva estructura de tasas públicas es la siguiente:
Sólo las familias con una composición superior a seis personas se ven afectadas por el cambio, ya que antes una familia de siete o más miembros costaba 70.000 dólares en tasas del Estado.
Por ejemplo, una familia de nueve miembros pagaría, con arreglo a la antigua normativa, 70.000 dólares en concepto de tasas gubernamentales por la opción inmobiliaria, pero con los nuevos requisitos, la tasa pasa a ser de 125.000 dólares (50.000 + 25.000*3).
El Gobierno ha modificado la estructura de las tasas en el marco de la opción de contribución al FED para que pasen a ser:
El principal cambio en la estructura de las tasas gubernamentales del FED se refiere a cualquier dependiente adicional después del tercero, ya que anteriormente cualquier dependiente incurría en una tasa gubernamental de 50.000 dólares, independientemente de la edad.
Sin embargo, en virtud de la nueva normativa, las tasas gubernamentales por hijos a cargo menores de 18 años se han reducido a 25.000 $, mientras que la cuantía sigue siendo la misma para los hijos adultos a cargo.
Los cambios, aunque no son significativos para la estructura general del PIC, permiten a los solicitantes considerar detenidamente sus opciones de inversión preferidas en función de su composición familiar y de la edad de los hijos a su cargo.
¿Quiere añadir a sus hermanos?
Kitts y Nevis,
Granada
,
Santa Lucía
y
Antigua y Barbuda
aún permiten la inclusión de hermanos en una solicitud y varían sus criterios de admisión.
Antigua y Barbuda, Santa Lucía y Granada no exigen que el hermano dependa económicamente del solicitante principal, mientras que
San Cristóbal y Nieves
sí lo exigen.
La edad máxima permitida para tener hermanos en Santa Lucía es de 18 años, en Dominica es de 25 años y en San Cristóbal y Nieves es de 30 años. Granada y Antigua no tienen restricciones de edad máxima.
El CIP de Dominica, el segundo programa de esta naturaleza que más tiempo lleva en marcha, sigue recibiendo una gran demanda de particulares con grandes patrimonios de todo el mundo.
Para saber más sobre el CIP de Dominica, no se demore y
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.